INFRACTORES
Un total de 14 personas condenadas por delitos menores realizan trabajos en beneficio de la comunidad en centros de Bienestar
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La Consellería de Trabajo y Bienestar está ejecutando en la actualidad un convenio de colaboración con el Ministerio del Interior para que los infractores puedan redimir sus penas con tareas en centros de atención a personas mayores o con discapacidad de la Xunta
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Los trabajos se están realizando en la actualidad en residencias y centros de las provincias de A Coruña, Pontevedra y Ourense
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Las labores son de diversa tipología: desde trabajos de comedor, cocina, limpieza y mantenimiento de edificios hasta acompañamiento de residentes
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La mayor parte de las personas condenadas que participan en la iniciativa son infractores de tráfico
Santiago, 6 de diciembre de 2011.- La Consellería de Trabajo y Bienestar está ejecutando un convenio de colaboración con el Ministerio del Interior para que personas mayores de edad, con condenas por delitos menores, desarrollen en centros de atención a personas mayores y con discapacidad de la Xunta trabajos en beneficio de la comunidad.
En la actualidad son 14 las personas que están redimiendo sus penas con la realización de labores de diferente tipología en residencias y centros dependientes de Bienestar de las provincias de A Coruña, Ourense y Pontevedra.
Los participantes en esta actuación están a realizar desde tareas de consellería, comedor, cocina, limpieza y mantenimiento del edificio hasta acompañamiento de residentes y labores de biblioteconomía y enfermería.
La mayor parte de los condenados que están a tomar parte de la iniciativa desde lo pasado mes de mayo están cumpliendo sus penas con trabajos en beneficio de la comunidad por delitos de tráfico.
En concreto, son objeto de este convenio infracciones de carácter leve por lo que el perfil del infractor es una persona integrada en la sociedad que, al tiempo que redime la pena, desarrolla una actividad provechosa, útil y con un beneficio añadido en su entorno más inmediato. La actividad nunca es remunerada ni supone la ocupación de un puesto de trabajo.
De este modo, la persona condenada cumple la pena establecida en libertad sin interferir en su vida familiar, laboral y social, promoviendo valores como la solidaridad, la responsabilidad y el bien común, combinando la función reeducativa con la finalidad exemplarizante e integradora.
A través del convenio, el departamento autonómico, a través de los órganos o servicios habilitados, está a impartir la estas personas los conocimientos necesarios para que la actividad que desarrollen poda ser cumplida eficazmente.
El Ministerio y el encargado de entrevistar a la persona que llevará a cabo el trabajo en beneficio de la comunidad para conocer sus características personales, su capacidad laboral y el entorno social, personal y familiar, con el fin de determinar la actividad más idónea. En esta entrevista se ofertan a los participantes las plazas existentes con indicación expresa de sus cometidos y del horario en que deberá ejecutar cada tarea.
Una vez que se realiza la entrevista y se selecciona el trabajo a desarrollar el Ministerio y el responsable de trasladar a la Consellería de Trabajo y Bienestar la información necesaria para el idóneo desarrollo de las jornadas de trabajo.
Para determinar la duración de la jornada de trabajo y el plazo en que debe cumplirse, el Ministerio y el que vigila el normal desarrollo de las tareas diarias de la persona infractora con el cumplimiento de la pena impuesta, y, en todo caso, de conformidad con las resoluciones judiciales.