DENUNCIA
La Asociación de Vecinos Punta da Senreira de Caión (A Coruña) acaba de solicitar al Defensor do Pobo su presencia en la presuntas ilegalidades de la Ampliación del Porto de Caión.
Acusan a Portos de Galicia y al Alcalde de Laracha de saltarse a la torera cualquier derecho legal de los ciudadanos, ante el movimiento de fondos europeos
La Asociación de Vecinos, puso en conocimiento de los responsables de la Xunta de Galicia y en concreto de Portos de Galicia, solicitando entre otros la paralización inmediata de dicha ampliación por no ajustarse a Derecho y por carecer de los informes previos de Evaluación de Impacto Ambiental y con más motivo si cabe, al hallarse en plena Red Natura 2000, Zepa, etc.
Dice la carta al Defensor do Pobo: Fruto de ese PROXECTO DE AMPLIACIÖN, parece ser (y decimos parece ser por cuanto no conocemos el acto administrativo ni el expediente guardado con celo, que vincule algún tipo de beneficio a los vecinos de la Villa, a salvo de los promotores, y a ojos vista, que solo beneficia a los mismos en mover dinero público y europeo, han presentados los trámites administrativos a los que la Xunta de Galicia, Portos de Galicia, hace caso omiso incumpliendo la Ley del procedimiento administrativo, de forma “burda “ y atentando contra estos principios básicos de todos los ciudadanos/as
Desde la Asociación afirman que tienen fundadas sospechas y fundamentos jurídicos de su intencionalidad “malévola el alcalde de Laracha y Portos de Galicia” en realizar dicho proyecto de espaldas a los vecinos y perjudicados, con el único fin desconocido, pero que sospechamos, “mover dinero público”, más de seis millones de euros de fondos públicos europeos.
Dicen que vienen solicitando con asiduidad y conforme a derecho, su presencia y la paralización del proyecto, al menos mientras no se cumplen las normativas al efecto sin que se haga el menor caso a estas peticiones amparadas en varias normativas, tal y como lo contempla la Ley, permitiendo formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución, sin qu se les permita cumplir estos procedimientos.
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También denuncian que son muchos son los trámites realizados, para buscar una participación con los cambios que fuesen necesarios en la Ampliación Portuaria mencionada sin resultados a salvo de un desmesurado interés de Portos de Galicia y el Alcalde de Laracha y del autor o instructor del PROXECTO, conculcando con el silencio administrativo y la falta de consenso, por lo que no entendemos, la “PERRENCHA” del responsable de la Administración en llevar la contraria incumpliendo las normativas y contra los perjudicados y causar todo tipo de perjuicios a sus destinatarios, obligando a los mismos a costosos procedimientos administrativos contra sus propios
Pero también denuncian que los plazos legalmente establecidos para informar y resolver, están rebasados con creces, y que Portos de Galicia está incumpliendo el mandato contenido en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en donde se establece la obligación de las Administraciones Públicas de resolver y notificar en todos los procedimientos.
Si se lleva a cabo la Ampliación Portuaria de Caión, de lo que ya han iniciado los trabajos sin tener en cuenta las más mínimas normas legales de los hechos relatados y justificados en documentos al efecto, sin escuchar las demandas de los perjudicados, con los hechos anteriormente expuestos, de lo que la OLAF, también tiene abierto procedimiento de investigación, quedará al descubierto una vez más el uso y abuso de la Administración Püblica contra los administrados, Xunta de Galicia, cuyo máximo responsable es Don Alberto Núñez Feijóo, las formas poco ortodoxas del Partido Popular, en su relación con los ciudadanos.
Firmado:
Asociación de Vecinos Punta da Senreira, Caión, Laracha, A Coruña
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ESCRITO
José Juan Durán Hermida
Presidente de Portos de Galicia
Presidente de Portos de Galicia – Portos de Galicia – Consellería Medio Rural e Mar
Santiago de Compostela
Señor Presidente
M. D. G., actuando como portavoz de la Asociación de Vecinos Punta da Senreira de Caión, Laracha, A Coruña, y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
1º.- Que en Lunes 13 Junio de 2011 nos dirigimos al Presidente de ese ente, para reclamarle un cambio urgente y consensuado en la Ampliación Portuaria de Caión, cuya tutoría fue asumida por Usted, sin que a día de hoy tengamos conocimiento de las actuaciones o decisiones al respecto.
2º.- Igualmente, se le ha solicitado, y aportado PARTE DEL INFORME JURÍDICO Y PARTE DE LAS ALEGACIONES, que se presentaron a la UE, OLAF, para su control y seguimiento RELATIVO A LA AMPLIACIÖN DEL PUERTO DE CAIÖN, A Laracha, La Coruña, Galicia, España por:
1.1. Incumplimiento del deber de someter el proyecto a la evaluación adecuada y de
adoptar medidas de protección establecidos en los artículos 4.5 en relación al 6.3 y 6.2
de la Directiva 92/43/CEE y artículos 6.3 y 6.2 del Real Decreto 1997/1995 ……………….
– Incumplimiento del deber de evaluación adecuada de los artículos 6.3 del Real Decreto 1997/1995 y 4.5 y 6.3 de la Directiva 92/43/CE………………………………..
– Incumplimiento del debe de adoptar las medidas de protección del artículos 6.2 del Real Decreto 1997/1995 y 4.5 y 6.2 de la Directiva 92/43/CE……………………….
Conclusión……………………………………………………………………………………………….
1.2.-Correlativo del deber de información y participación pública establecidos en el artículo 6.2 de la Directiva 85/337/CEE, así como el artículos 3 del Real Decreto Legislativo 1320/1986 y el artículo 18 de la Ley 7/1994, y el artículo 6 de la Directiva 90/313/CE………….
1.3. Incumplimiento del deber de prevenir todo deterioro adicional y proteger y
mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos establecido en los artículos 1 y 4 de la Directiva 2000/60/CE………………………
1.4. Efectos del incumplimiento del Derecho comunitario
4º.- Con la misma fecha, todos estos hechos se han puesto en conocimiento de las autoridades europeas.
5º.- La Asociación Punta da Senreira, reclamo la información oculta del expediente sobre las posibles irregularidades, toda vez que estos fondos europeos son o deberían ser utilizados en las formas para las que son otorgados y con más sentido en esta pretendida ampliación portuaria por su inclusión en plena Rede Natura 2000, entre otros y protegidas las construcciones por la propia Normativa al Efecto y cuyos documentos inexplicablemente no aparecían en el expediente sometido a información pública y que tampoco se permitió que fuesen vistos por miembros de esta Asociación, ni los partidos políticos de la oposición en el Concello, BNG y PSdG-PSOE.
Este tratamiento oscurantista y censor del asunto evidenció el carácter presuntamente clandestino del expediente que además de ocultar parte de la información del cuerpo del expediente administrativo, había sido desgajado y vetado a los interesados en pleno trámite de información pública. Circunstancia ajena al derecho de acceso a la información pública del proyecto y a la información medioambiental, derecho inalienable y amparado jurídicamente que goza de las máximas protecciones comunitarias y nacionales, pero que a pesar de su obligado cumplimiento, fue vetado de forma anticonstitucional y atentando contra estos mínimos derechos básicos
A finales del mes de junio de 2011, el Ente, Portos de Galicia, Desestima por el Silencio Administrativo la Resolución en la que acordaba: denegar la solicitud presentada por esta Asociación de Vecinos de Caión interesada por el Impacto Ambiental y las formas en todo el Proyecto con los fondos públicos Feder y los fines para el que son o fueron concedidos
6º.- En otro orden de cosas, debe precisarse que los plazos legalmente establecidos para informar y resolver, están rebasados con creces, y que se está incumpliendo el mandato contenido en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en donde se establece la obligación de las Administraciones Públicas de resolver y notificar en todos los procedimientos.
Por todo lo expuesto.
SUPLICO: Que, habiéndose por recibido este escrito, se sirva admitirlo, tener por formulada la presente reclamación, incorporando el mismo a los expedientes de su razón, y previos los trámites legales, y se dicte RESOLUCIÓN sobre todos los hechos, ordenando se emita de inmediato, para adjuntarla a otros posibles procedimientos en curso.
Es justicia.
En La Coruña, a 28 de Febrero de 2012.
OTROSÍ DIGO: Que al amparo de lo que se dispone en el artículo 35 b) de la Ley 30/1992, interesa que se identifique al personal y autoridades que se encargan de la tramitación y resolución de los expedientes, por cuanto la demora habida en los procedimientos sobrepasa todos los plazos legales.
SUPLICO: Que se notifique a esta parte cuanto antecede, en cumplimiento de la Ley.
Igual justicia, lugar y fecha.
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