Federación de Industria informa. Nota de prensa
El Tribunal Supremo da la razón a CCOO y anula las vacaciones pactadas por UGT-USO y ArcelorMittal en 2009, que afectan a más de 600 trabajadores. |
10 junio 2011
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por ArcelorMittal en relación a las vacaciones de parte de su plantilla correspondientes a 2009, tanto en las factorías de Avilés (taller de hojalata) como en Gijón (taller de alambrón y acería). El acuerdo que ahora queda anulado por sentencia, fue firmado en su momento por la empresa y los sindicatos UGT y Uso, y en él se obligaba a los trabajadores a disfrutar de las vacaciones en dos periodos, en lugar de los 28 días continuados que se recogen en el convenio colectivo. La sentencia, frente a la que no cabe recurso, reconoce definitivamente el valor del convenio colectivo ante los pactos que pudiera firmar la empresa con otros sindicatos.
La sentencia del Supremo da la razón a las demandas planteadas por CCOO que fueron ganadas en todas las instancias previas. En este sentido cabe resaltar, tal y como recoge el fallo que “ la modificación de un convenio colectivo estatutario sólo puede llevarse a efecto por medio de otro convenio colectivo estatutario. Y el simple pacto colectivo no tiene esa condición aunque en él intervengan todas las representaciones”.
Para la Federación de Industria de CCOO de Asturias la situación que se produjo en ArcelorMittal es de extrema gravedad dado que el mantenimiento de lo pactado en los convenios colectivos es la única garantía que tienen los trabajadores de que sus condiciones laborales no se vean constantemente modificadas por actos singulares, o intereses empresariales, de dudosa intencionalidad que quiebran el equilibrio del convenio.