CASO DEPURADORAS:
FONDOS PÚBLICOS SIN RETORNO
POR ENTENDER QUE HA PRESCRITO
LA RECLAMACIÓN.
A Xustiza sentencia que a Deputación de Ourense non reintegre euro algún no caso depuradoras –
sábado, 03 octubre 2015, 14:02, por
- O alto tribunal estima o recurso presentado polo goberno provincial diante do Tribunal Superior de Xustiza de Madrid en contra da petición do Ministerio de Facenda, que reclamaba á Deputación a devolución dos fondos europeos destinados aos proxectos Daredo e Deputrans.
Ourense, 3 de outubro de 2015.- O Tribunal Superior de Xustiza de Madrid (TSXM) ven de ditar sentencia dando a razón á Deputación de Ourense no asunto coñecido como “caso depuradoras”, relativo aos proxectos Daredo e Deputráns, pertencentes ao Programa de Iniciativa Comunitaria Interreg III. O alto tribunal, na súa resolución con data do pasado 30 de setembro, estima o recurso do goberno provincial contra a resolución do Ministerio de Facenda que reclamaba á deputación a devolución dos fondos europeos destinados a este proxectos, segundo ditaminara a Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF), en total 10.123.053,03 euros.
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Por su interés para situar esta información en contexto, reproducimos la noticia aparecida en el diario El País el pasado 24 de marzo de 2015
NOTICIA DE EL PAÍS DE EL 24/03/2015
Las irregularidades detectadas por los técnicos de la Unión Europea de la Oficina de Lucha Antifraude (OLAF) en la adjudicación por la Diputación de Ourense de más de un centenar de depuradoras a la empresa viguesa SMA que se “adaptaban como un guante” a las cláusulas del contrato, seguirán siendo investigadas judicialmente. La sección 2 de la Audiencia Provincial de Ourense ha fallado contra el archivo decretado el pasado mes de diciembre por el entonces titular del Juzgado de Instrucción 2 de Ourense, Antonio Piña –puesto que dejó para presidir la Audiencia Provincial- que no detectó ilícito penal en la adjudicación al grupo empresarial y cuyo auto fue recurrido por el grupo provincial de PSOE.
Lejos de la “irrelevancia penal” establecida por Piña en ese auto –con el que se ratificaba en el archivo la denuncia que por los mismos hechos había presentado años antes un particular-, los tres magistrados de la sala segunda de la Audiencia sostienen que es necesario continuar la instrucción relativa a un supuesto “irregular comportamiento” de una Administración pública en relación con contrataciones subvencionadas con 10,2 millones de euros de fondos estructurales comunitarios. Una cantidad de dinero que no se rentabilizó socialmente dado que las depuradoras, diseñadas para barcos, instaladas en los pueblos de la provincia no llegaron a ponerse en funcionamiento en su mayor parte.
Los magistrados entienden que solo cabría el archivo de la causa “en el momento en el que la instrucción se haya concluido respecto a las contrataciones y en el bien entendido sentido de que de la misma se desprenda que no median indicios de comisión delictiva”. La Audiencia considera, además, que la instrucción realizada por Piña fue “escasa”, toda vez que el juez solo citó a declarar a los implicados en las contrataciones, “bien técnicos de la Diputación, bien representantes de la empresa”, que entienden los magistrados que estarían “interesados en diluir sus posibles responsabilidades denunciadas por la OLAF”.
La Audiencia entiende que se debe de seguir la instrucción “en relación a las irregularidades detectadas sin que ello signifique cuestionar decisiones políticas” que, en cualquier caso, considera “quizás no afortunadas” a la vista de la “inoperatividad de las depuradoras instaladas”, una cuestión que precisa que “excede con mucho la jurisdicción penal”.
El auto vuelve, por tanto, a abrir la instrucción de una causa que salpica la gestión del expresidente de la Diputación, José Luis Baltar y del actual delegado de la Xunta en Ourense, Rogelio Martínez, vicepresidente de la institución cuando se adjudicaron las depuradoras. En su resolución de archivo, Piña ponía de manifiesto su discrepancia con la OLAF al no apreciar características “que hagan presumir una predeterminación” hacia una empresa concreta.