JUICIO PRESTIGE
Nota de Prensa 2ª Jornada desde la sala judicial sobre el juicio del Prestige PLADESEMAPESGA
Prestige: Un juicio de altísimo riesgo para las vidas y bienes de las costas españolas
Los abogados del Estado y la Fiscalía con sus actuaciones de acusación y defensa, dejan muy claro y propician más prestige,s sin control al ignorar las Normativas de la OMI y del Ordenamiento Jurídico español tal y como se hiciera en plena catástrofe del la marea negra del Prestige.
Las distintas interpretaciones y valoraciones de algunas de las partes implicadas en el Juicio del Prestige, han vuelto a demostrar, los profundos errores de concepto que se expusieron, obviando o confundiendo distintos conceptos del ordenamiento jurídico español respecto a la Intervención Inmediata y Evaluación de los Equipos de Respuesta, Plan Nacional de Contingencias, Manual OPRC/90, entre otros.
Pladesemapesga, «Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia» entiende como perfectamente lícitas estas intervenciones, pero denuncia públicamente, que estos recurrentes errores de concepto » consolidan y protegen » una lamentable gestión en la minimización de los tiempos de respuesta, caso de siniestros o catástrofes marítimas.
Los ciudadanos continuan preguntándose si podría acontecer otra catástrofe similar a la del Prestige.
Pladesemapesga, fiel a su permanente linea de actuaciones, no solo confirma esta posibilidad sino que lo demuestra con irregulares actuaciones acontecidas en las costas de Galicia y de Andalucia en todos estos años pretéritos a la catástrofe del Prestige y posteriores donde al parecer solo cuenta el parecer político de turno.
Galicia, aún recuerda la recurrente y lamentable gestión del incidente del buque Ostedijk, cargado con fertilizantes o al gasero Arctic Princess en pruebas de mar donde los alcaldes del litoral se negaron a las pretensiones del Gobierno en sus apreciaciones.
En lo que respecta a Andalucia, la embarrancada del Buque Fedra en Punta Europa el 10 de Octubre de 2008, es la muestra definitiva de situaciones límite e irremediables para las vidas y los bienes.
Buena prueba de las denuncias de Pladesemapesga es que en el Informe de La Comisión de Investigación de Gibraltar ( enero 2012 ) se demuestra que el Gobierno español (año 2008/2009) no concedió autorización al Capitán y la tripulación del Remolcador Clara Campoamor de Salvamento Marítimo “SASEMAR” para ser entrevistados por los investigadores gibraltareños.
Pladesemapesga, donde se encuentra integrado el Grupo de Expertos No Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro, insta a la Ministra de Fomento, a que sin demora, explique a los ciudadanos la actuación del Remolcador de Salvamento » Clara Campoamor » en la toma de remolque del buque » Fedra » al aportar el Informe Técnico de Gibraltar, nuevas y esclarecedoras pruebas.
Sorprende que la Comisión de Investigación de España, publicara en su página Web, que sería el pais de bandera del buque » Fedra » quien se haría cargo de la investigación, cuando en realidad a quien correspondía era a Gibraltar, desentendiéndose de esta forma de todo tipo de responsabilidades a pesar de que el ordenamiento jurídico español deja bien claro que, España » tenía intereses de consideración » , como así se demostró, no solo por la participación de unidades aéreas y marítimas de salvamento sino también por la contaminación que afectó a las costas andaluzas.
La sinopsis del Informe Técnico de Gibraltar demuestra que el Capitán del buque » Fedra » cita » como muy caro » el remolque ofrecido y negociado por el remolcador» Clara Campoamor » siendo rechazado por su Armador y Naviera.
La » Caja Negra » demuestra que el Remolcador de Salvamento » Clara Campoamor » logró dar remolque al » Fedra » pero, las órdenes del Armador obligaron a arriar las estachas (soltar el barco a su suerte agravando el riesgo sobre la costa), pese al desacuerdo del Capitán, que advirtió que su barco cada vez estaba más próximo a las rocas.
El 27 de enero de 2010, el buque » Rhea » encalló en la Playa del Rinconcillo ( Algeciras ) y según manifestaciones hechas públicas por el Capitán Marítimo, en el siniestro, tuvo mucho que ver el tiempo perdido en la negociación de precios para el remolque.
El buque » Rhea » en vez de aceptar el remolque de Salvamento Marítimo, respetó las órdenes de su armador que decidió negociar la ayuda necesaria con una empresa privada para conseguir un precio más barato.
De ahí que su capitán adujera «razones comerciales» a la negativa a coger el cabo para su remolque.
Una situación ya conocida en episodios de accidentes marítimos anteriores y que no sólo ocurre en el Estrecho.
Según manifestó en su día el catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Cádiz, Juan Luis Pulido, » en los últimos años, es “muy habitual que los armadores prohíban a sus capitanes decir que están en situación de peligro”, porque es la barrera que delimita si un remolque es remolque en sí o salvamento, y la diferencia de precios es muy alta, explicó.
De hecho, el salvamento de un barco en situación de peligro puede costar a su armador hasta casi el valor total de la cosa salvada, según la Ley 60/1962 sobre auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimas, lo que les hace apurar hasta casi vararse, como ocurrió con el Rhea.
Es de suma urgencia que el sector marítimo y la opinión pública conozcan de primera mano la » palmaria omisión » de responsabilidades de la Cadena de Mando de la Dirección General de la Marina Mercante y Sasemar en la gestión de este siniestro marítimo al » no remediar «, ejecutando el ordenamiento jurídico nacional e internacional, una situación de altísimo riesgo para vidas y bienes.
Los incidentes y siniestros marítimos relatados, gestionados de igual forma que con el petrolero Prestige, requieren respuestas.
Bien harían todos y cada uno de los intervinientes en el Juicio del Prestige, antes de hacer valoraciones, en » ilustrarse » y procurar no hacer llegar a la opinión pública criterios fuera de norma internacional que consolidan gestiones irreversibles y contraproducentes para el bolsillo de los contribuyentes.
En La Coruña a 17 de octubre de 2012
La extraordinaria intervención del Abogado del Jefe de Máquinas y la criminalización de la abogada del Estado lo más relevante de la jornada.
Desmontadas las manifestaciones del Subinspector de la Capitanía Marítima de La Coruña, en un diario de tirada regional, con una entrañable sonrisa del Capitán Mangouras.
Distintos letrados presentes en la Sala exigen » dignificar el turno de oficio”.
La peritación del Ingeniero Martín Criado calificadas de » contaminadas”.
Lamentable intervención de la Abogada del Estado » criminalizando » a los tripulantes del Prestige y como consecuencia de ello a todos los hombres de la Mar.
Finalizada la segunda jornada del Juicio del Prestige ha quedado suspendido hasta el 13 de noviembre donde ya comenzarán a declarar acusados y testigos.
La extraordinaria y vehemente intervención del Abogado de Oficio del Jefe de Máquinas ha » dignificado y puesto a salvo » la profesionalidad y el honor de los marinos del buque griego.
Desmontó, con puntos y comas todas las » abracadabrantes » teorías del Subinspector Serafín Díaz, resaltado parte de sus manifestaciones en un diario de tirada regional cuando acusaba al Jefe de Máquinas de » obstaculizar intencionadamente » su presencia a bordo y el arranque de la máquina.
Quedó absolutamente claro que el Jefe de Maquinas sólo obedecía órdenes del Capitán Mangouras y en ningún momento de » un outsider » que para más INRI solamente chapurreaba el inglés.
El Abogado de Oficio hizo especial hincapié en la indefensión del Jefe de Máquinas al no tener independencia económica para su defensa y exigía un juicio justo para su cliente.
Fue, el único momento, en el que Mangouras esbozó una tibia sonrisa, quizás como motivo de satisfacción y agradecimiento.
Uno de los letrados intervinientes se solidarizó (como otros) con el Abogado de Oficio y evidenció su protesta y malestar con la Xunta de Galicia, gobernada por el PP por la cicatería en el pago de sus emolumentos (450 euros por un año de trabajo y 365 desplazamientos de oficio) dejando constancia de con actuaciones así era preferible » que las competencias de Justicia regresaran a Madrid”, dejando en evidencia las barreras judiciales para evtar llegar al fondo del asunto.
A destacar que distintos letrados intervinientes coincidieron en sus apreciaciones con la » sorprendente eficacia » del Organismo Rector creado en la Delegación del Gobierno y cuestionaron de forma recurrente la actuación de López-Sors.
Una figura muy cuestionada fue la del Ingeniero Martín Criado, ya fallecido, cuya peritación ha creado no pocos problemas y retrasos al Juicio, siendo considerada como de » contaminada » con el añadido de la ocultación de su estrecha colaboración con el Órgano Rector.
Pero dentro de una Jornada que comenzó siendo muy aburrida y tras la intervención de magníficos oradores, como fue nuevamente el Abogado del Capitán Mangouras, llegó » lo mejor y más esperado » con la exposición de la Abogada del Estado.
Ha sido tal el cúmulo de despropósitos y acusaciones infundadas sobre el Capitán Mangouras y sus oficiales, hablando del remolque de emergencia, desobediencia a las órdenes de las autoridades españolas, remolque, daños estructurales, etc…. que alcanzaron su máximo nivel cuando se atrevió a decir que » no tuvieron a bien recoger y llevar la documentación oficial del buque a tierra en el momento de su abandono » siendo rescatada el 18 de noviembre por los servicios de salvamento.
Pladesemapesga, quiere recordarle a la abogada del estado, hacer una profunda reflexión antes de su próxima comparecencia en el acto del juicio, que unos hombres exhaustos por la falta de descanso y esfuerzo físico, de noche y con temporal sin olvidarnos de las presiones al encontrarse en un país extranjero, no deberían ser censurados por una profesional desconocedora de la hostilidad de la Mar, sin olvidarnos que en ningún momento de su intervención hizo alusión alguna a los altos mandos del Gobierno en aquellas trágicas circunstancias, que a nuestro juicio tendría mucho que recordar.
El » aparente » dominio de la situación que pretendía mostrar la Abogada del Estado la llevaron a cometer distintos errores de concepto e interpretación sobre las fechas de los ejercicios de lucha contra la contaminación La Coruña 2001 y Balearia 2005 que fueron aceptados como pruebas además de » cachondearse » de las apreciaciones de Ruiz de Soroa cuando pretendía aportar como prueba la comparativa del estado de la maltrecha flota petrolera española con el buque Prestige.
En definitiva, interesantísimas estas dos primeras jornadas, que a juicio de Pladesemapesga, “Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia” han venido a demostrar la fehaciente manipulación de distintos funcionarios y peritos, cómplices y sumisos a las presiones o influencias de sus mandamases con el añadido que » no ha colado » la presunta y tantas veces nombrada eficacia del Órgano Rector y de la minimización de sus tiempos de respuesta y la pulcritud de todos los intervinientes en la gestión de la Catástrofe.
El Grupo de Expertos no Gubernamentales del Sistema Mundial de Socorro, integrados en Pladesemapesga y presentes en la Sala, transmiten a la opinión pública su plena disconformidad con la actuación de la Abogada del Estado que » ha criminalizado sin ruborizarse» con sus insinuaciones/observaciones de forma recurrente al Capitán Mangouras y sus oficiales, diana esta de sus argumentos acusatorios, algo que está absoluta y terminantemente prohibido por la normativa internacional.
Nota de Prensa desde la sala judicial sobre el juicio del Prestige PLADESEMAPESGA
Análisis secuencial de la Gestión de la Catástrofe del Prestige desde la Delegación del Gobierno en La Coruña bajo el mando directo del PP
El entonces y ahora acusado, Director de La Marina Mercante, López Sors, ignoró con conocimiento de causa el Cuadro Orgánico del Plan Nacional de Contingencias.
El 17 de diciembre de 2002, el PP en la Xunta reconocía que el Prestige les sorprendió sin planes contra la contaminación marítima, cuando se había realizado un ejercicio en La Coruña el año anterior.
El 6 de enero de 2003, el Subsecretario de Fomento, manifestaba que en la catástrofe se utilizaron los procedimientos establecidos que se pusieron en marcha desde el primer momento, es decir el Plan Nacional de Contingencias.
El Ministro de Fomento también aseguraba que todas las decisiones en torno al Prestige se tomaron con su conocimiento y respaldo, siguiendo el esquema jerárquico que tiene el Director General de la Marina Mercante.
El Instituto de Estudios Económicos de Galicia de la Fundación Barrié de la Maza, presentaba entonces las conclusiones de los estudios realizados por treinta investigadores de las tres universidades gallegas sobre la catástrofe del Prestige ; en las conclusiones se dejaba constancia que España no tenía un plan de respuesta a la contaminación marina, que no se contemplaba un sistema de expertos que asesoren a las autoridades en la toma de decisiones, que en nuestro país se trabaja para salvar vidas humanas pero no tenemos recursos ni técnicos ni humanos para salvar nuestras costas, ni hay normas de prevención ambiental.
La Resolución del Parlamento de Europa sobre Pesca, Seguridad y Causas de Accidentes 2000/1020 ( INI ) considera muy preocupantes e inaceptables las cifras en la UE, tanto de accidentes a bordo de los buques como de siniestros sufridos por los propios buques y que estos se reducirían considerablemente con la » aplicación rigurosa por parte de las administraciones y del propio sector de la normativa vigente relativa a la seguridad «.
Con todos los argumentos hasta ahora relatados, Pladesemapesga, hace una valoración detallada de la gestión del accidente del buque Prestige convertido en catástrofe a través de un análisis secuencial.
Al contrario de lo ordenado, la Dirección General de la Marina Mercante, organizó una estructura directiva que no se ajustaba a lo establecido y un mal llamado gabinete de crisis en la Delegación del Gobierno de A Coruña que condujo a una situación caótica como consecuencia de la improvisación, las prisas y la falta de entrenamiento de las autoridades responsables de resolver una crisis que, por reiterada, se encuentra perfectamente programada en los manuales de la OMI.
No debe caer en el olvido que tanto el Plan Nacional de Contingencias como el Territorial , deben prevenir, contener, reducir, vigilar y combatir la contaminación por hidrocarburos, el primero en la mar y el segundo en la costa.
Queda entonces meridianamente claro que tras la llamada de socorro, el capitán del buque Prestige, pasó a seguir y confiar en las instrucciones del Estado Ribereño, pero porque era de obligado cumplimiento como está ordenado en el Convenio Internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos de 1.990, ratificado por España el 3 de diciembre de 1.993 ( BOE de 5 de junio de 1.995 ) que en su art. 6.1.t. determina la obligación de que los Estados Ribereños establezcan su Plan Nacional de Contingencias.
España, por Orden Fom de 23 de febrero de 2001, aprobó su Plan Nacional de Contingencias que dentro de su contenido define los criterios básicos que han de cumplir las Comunidades Autónomas y otras entidades en la realización de sus Planes Territoriales e Interiores, con el fin de adaptarse a las normas de Tratados Internacionales y recomendaciones sobre la materia, sentando las bases que permitan una acción coordinada y eficaz con los medios humanos y materiales adscritos a distintos Planes que operan conjuntamente en un mismo suceso de contaminación marina accidental.
La Ley 27/1.992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, atribuye a la Administración Marítima la competencia en la protección del medio ambiente marino y de la seguridad de la vida humana en la mar, asignando a SASEMAR, entre otras, las tareas de prevención y lucha contra la contaminación del medio marino.
En el punto 1.4.3 de la Orden Fom de 23 de febrero de 2001, se dice que los Gobiernos de las Comunidades Autónomas, tienen competencias medioambientales dentro de su territorio de acuerdo con sus respectivos Estatutos de Autonomía.
No son pocos los que buscan responsables de la catástrofe del Prestige, pero no profundizan dentro del Plan Nacional de Contingencias, que es donde realmente se encuentra un auténtico rosario de culpables por su lamentable actuación, unas veces por acción y otras por omisión, por eso es fundamental la correcta interpretación del análisis secuencial de la catástrofe porque cada secuencia tiene un responsable y lógicamente una actuación.
Sin olvidarnos de las responsabilidades del Gobierno central, el análisis secuencial deja en total y absoluta evidencia a la Xunta de Galicia por no tener aprobado su Plan Territorial de Contingencias ; su Presidente, se atrevió a decir a los medios de comunicación que » la actuación de la Xunta y del Ejecutivo Central fue perfecta y sus medidas fueron las correctas «.
Ante el caso del Prestige, el Jefe del Gobierno gallego, explicó que la Xunta no tiene responsabilidades fuera de aguas interiores, es decir más allá de las 12 millas.
Este fue uno de los motivos que llevaron a designar al Delegado del Gobierno en Galicia como portavoz para informar sobre el siniestro.
Las críticas a De Mesa, son injustas, sentenció Fraga que defendió que nunca hubo contradicciones.
La coordinación entre la UE, Gobierno Central y Administración Gallega, fue, en su opinión, perfecta y para la lucha contra la contaminación existen unos medios como nunca hubo.
Es evidente que la Xunta no tenía competencias más allá de las 12 millas, pero sí las tiene desde que el Delegado del Gobierno entra en escena y no son otras que la activación del Plan Territorial de Contingencias.
La Xunta tenía la responsabilidad de prevenir, contener, reducir, vigilar y combatir la contaminación de sus aguas y de sus costas y todo ello desde el Centro de Coordinación Operativa ( Xunta ) que estaba obligada a crear y no se creó, también llamada CECOP, realizando funciones de dirección y coordinación de todas las operaciones de lucha contra la contaminación en la costa, estableciendo las vías de enlace con el Centro de Operaciones Marítimas ( SASEMAR/CZCS Fisterra ) previsto en el Plan Nacional y acatando las instrucciones que desde el Organismo Rector ( Delegación del Gobierno ) se recibieran a través de la Dirección Ejecutiva de Operaciones en la Mar ( Subdirección General de la Marina Mercante ).
Recuerden que los Centros Regionales y Locales de SASEMAR, es decir las Torres de Control, son centros no sólo de control sino también de lucha contra la contaminación.
Hay que tomar muy buena nota de que no es lo mismo el Centro de Coordinación Operativa ( CECOP ) que el Centro de Operaciones Marítimas ( que tendría que estar operativo en Monte Enxa y no en la Capitanía Marítima de A Coruña ).
El primero depende del Plan Territorial y el segundo del Plan Nacional ; es conveniente que quede muy claro este concepto puesto que desde el primer momento se habló del CECOP, pero en términos globales, es decir, rematadamente mal.
El Plan Nacional de Contingencias, deja bien claro, que caso de existir contaminación, debe activarse el Plan Territorial y desde ese preciso momento se constituye el Organismo Rector, conformado por el Delegado del Gobierno y el Director del Plan Territorial de la Comunidad Autónoma.
Era absolutamente imposible constituir el Organismo Rector, puesto que Galicia, como así reconoció el Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, no tenía el 13 de noviembre de 2002 su Plan Territorial, luego entonces si hubo críticas hacia el Delegado del Gobierno, estas fueron provocadas por la omisión de la propia Xunta y lo que es más grave todavía, no podía existir el Plan Nacional sin Plan Territorial.
La sorprendente ( para algunos ) irrupción en Galicia del Ministro Rajoy, también se contempla planificada en el Plan Nacional de Contingencias, al activarse al menos teóricamente, varios planes Territoriales e Internacionales ; desde ese momento, la Administración General del Estado por medio del Presidente del Gobierno, tenía la obligación de nombrar un Ministro, pasando a un segundo plano el Delegado del Gobierno.
Al no activarse el Plan Territorial, por no existir, tampoco hubo Coordinación de los Grupos de Respuesta, que tendría que estar organizada y actuar de acuerdo con las instrucciones recibidas del Organismo Rector de la emergencia.
La Dirección de las Operaciones ( Madrid ), constituida en la Subdirección General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marina ( DGMM ) bajo la dirección del Subdirector del Departamento ( DGMM ) también quedó en evidencia al no poder asumir el Organismo Rector sus instrucciones.
Lo que viene a confirmar, tal y como ha quedado demostrado en la primera jornada del Juicio del Prestige que el ex Director General de la Marina Mercante fue responsable de la gestión de la catástrofe, por acción y omisión, de/en sus funciones.
En La Coruña a 17 de octubre de 2012
Fdo : Antón Salgado Clavo
Acerca de: la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia es una asociación no lucrativa, Nif: G-70321807 – Registro 2012/016402 . con más de 8.000 socios y formada por personas físicas, empresarios, políticos, profesionales y autónomos, marineros, mariscadores/as, ecologistas, asociaciones, expertos en todos los sectores del Mar y la Pesca, que comparten el interés y la inquietud por el entorno del Sector Marítimo Pesquero de Galicia. Cuya presencia en Internet queda reflejada en: www.pladesemapesga.com y www.plataformaendefensadelsectormaritimopesquerodegalicia.com
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