Denuncia que la Xunta de Galicia ha difundido información falsa sobre el incendio de las Fragas do Eume

Según la Normativa Europea los  responsables del incendio en las Fragas do Eueme evaden sus responsabilidades en  favor de los políticos infringiendo la Ley

Pladesemapesga denuncia la  usurpación política en las funciones de los responsables ausentes en el incendio  de las Fragas del Eume

El Subdirector General de Seguridad y  Lucha Contra la Contaminación de la Marina Mercante debería estar en la  desembocadura del Río Eume como máxima autoridad según la Normativa del  Decreto 438 de Contingencias contra la Contaminación  Marina.

Denuncian que Rosa Quintana envía a los  medios de comunicación información falsa sobre el incendio de las Fragas del  Eume.

Adega denuncia que en un comunicado de  prensa de Medio Rural é Mar, se informa de un foco de incendio, lo que para la  Asociación Gallega es falso, ya que entre los datos que fueron conociendo, los  técnicos señalan tres focos como causantes del incendio de las Fragas del Eume,  de forma intencionada y coincidentes en el espacio y  tiempo.

Fragas del Eume : del fracaso en la  gestión del Río Umia a la omisión de responsabilidades en las Fragas del  Eume

Orde do 26 de outubro de 2004 pola que  se publica o Primeiro Plan de Continxencias por Contaminación Mariña das Rías  Galegas

Fragas del Eume : del Rio Umia a las  Fragas del Eume continua el caos organizativo

PRIMEIRO PLAN DE CONTINXENCIAS POR  CONTAMINACION MARIÑA DAS RIAS GALEGAS( DECRETO 438/2003 ) OBJETO DEL  ESTUDIO

El estudio trata de demostrar que:

a.-  LA CONTAMINACION O INDICIOS DE LA MISMA  requiere la ACTIVACION DE OFICIO del Plan de Contingencias  correspondiente.

b- La Consellería de Pesca y Asuntos  Marítimos, era la responsable de la lucha contra la contaminación y la  protección del medio ambiente.

c.- La Consellería de Medio Ambiente, al  no activarse de oficio el Plan de Continxencias das Rías Galegas, actuó al  margen del Decreto 438/2003.

d.- Como consecuencia, primó el MANDO  UNICO en lugar de la PRECEPTIVA CADENA DE MANDO.

ANTECEDENTES CATASTROFE DEL  PRESTIGE

El eurodiputado Dirck Sterckx,  responsable del informe sobre el Prestige encargado por el Parlamento Europeo,  se mostró partidario de crear una » cadena de mando clara » y de mejorar la  legislación marítima de seguridad.

Estas conclusiones, entre otras, las  presentó en el debate de dos días que el Parlamento Europeo, dedicó  a analizar la mayor catástrofe ecológica  de la historia.

El Presidente de la Asociación  Internacional de Sociedades de Clasificación ( IACS ) Alan Gabin, abogó por el  nombramiento de » personas responsables » en casos de emergencia, para eliminar  la necesidad de intervenciones políticas.

LAS PRUEBAS DIRECCIÓN Y ORGANISMO  RESPONSABLE

La confección del Plan de Contingencias  por Contaminación Marina para la defensa de los recursos pesqueros, marisqueros,  paisajísticos y ambientales de las rías gallegas, le corresponde a la  Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, por ser el órgano autonómico que tiene  las competencias atribuidas en materia de protección de los recursos pesqueros y  la prevención y lucha contra la contaminación del medio marino, según el Decreto  438/2003.

Corresponde a la Administración General  del Estado la activación de los planes territoriales y  nacional.

La activación del Plan de Contingencias  de Rías, será evaluada y decidida por el titular de la unidad o el departamento  de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos que tenga atribuida tal función,  contando con la colaboración del delegado territorial de la misma consellería y  de los jefes de la unidad operativa, así como con el CCMM ( Centro Control Medio  Marino ) y la Consellería de Medio Ambiente.

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN CENTRO DE  COORDINACIÓN OPERATIVA ( CECOP )

Es el órgano de actuación en el que se  constituye el mando de la operación, que recibe toda la información sobre el  episodio de contaminación marina, que determina, dirige y coordina las acciones  que se van a desarrollar en la lucha contra el episodio de contaminación marina,  que registra todas las comunicaciones recibidas o emitidas, así como las órdenes  y decisiones adoptadas y que informa a las autoridades y los órganos superiores  sobre el desarrollo de los acontecimientos.

El CECOP, se constituirá bajo la  supervisión de su presidente que es el SUBDIRECTOR GENERAL DE CONTROL,  SALVAMENTO MARÍTIMO Y LUCHA CONTRA LA  CONTAMINACIÓN.

El CECOP, estará formado por los  representantes señalados en la parte operacional.  (*)

GRUPOS OPERATIVOS DE ACCION ( *  )

Estos grupos, creados bajo la  supervisión y dirección del CECOP correspondiente, son los encargados de  realizar las operaciones necesarias para combatir la  emergencia.

El responsable del grupo, será el  profesional de más alto grado adscrito al grupo.

INTRODUCCIÓN AL PROCEDIMIENTO  OPERACIONAL EN LAS RIAS

PLANIFICACIÓN DE LAS ZONAS GEOGRAFICAS  DE TRABAJO

1.- LIMITE INTERIOR  :

Se considera la zona más alejada de la  bocana, normalmente serán las proximidades de la desembocadura del río que la  conforma.

2.- LIMITE EXTERIOR  :

Se considera la propia bocana de la  ría.

SE ESTABLECE UNA CONFIGURACIÓN  GEOGRAFICA RADIAL EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA, QUE  CONTEMPLA LA INSTALACIÓN CENTRAL DE LAS OPERACIONES, CECOP, EN SANTIAGO DE  COMPOSTELA, EN LAS DEPENDENCIAS DE LA CONSELLERIA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS U  OTRO LUGAR DETERMINADO POR EL PRESIDENTE DEL MISMO.

EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA  EMERGENCIA

El Subdirector General de Control,  Salvamento Marítimo y Lucha Contra la Contaminación, evaluará la situación y  decidirá que tipo de plan se activa y será el encargado de constituir el CECOP  correspondiente.

ORDEN DE 26 DE OCTUBRE DE 2004 POR LA  QUE SE PUBLICA EL PRIMER PLAN DE CONTINGENCIAS POR CONTAMINACIÓN MARINA DE LAS  RÍAS GALLEGAS.

FECHA:  Martes, 26 de Octubre del 2004

ORGANISMO:  CONSELLERÍA DE PESCA E ASUNTOS  MARÍTIMOS

PUBLICACIÓN:  DOG, Martes, 14 de Diciembre del 2004,  Nº 241, pág. 17086

O Consello da Xunta de Galicia, por  proposta do conselleiro de Pesca e Asuntos Marítimos, na súa xuntanza do día 13  de novembro do 2003, aprobou o Decreto 438/2003, do 13 de novembro, polo que se  aproba o Plan Básico de Continxencias por Contaminación Mariña para a defensa  dos recursos pesqueiros, marisqueiros, paisaxísticos, acuícolas e ambientais de  Galicia.

www.plataformaendefensadelsectormarítimopesquerodegalicia.com

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