Un jurado popular declara al único acusado del crimen de la peluquera de Langreo culpable de asesinato

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias informa que el jurado popular reunido aproximadamente desde las 14,00 horas ha declarado a Celso M. B. culpable del asesinato de la joven langreana Patricia Fernández G.

En un veredicto redactado por unanimidad, y leído en audiencia pública alrededor de las 20,15 horas, el jurado ha destacado la incoherencia de las declaraciones del imputado y han reconocido que la muerte de la joven langreana se produjo con alevosía.

Tras el veredicto, el Ministerio Fiscal ha pedido 18 años de prisión, la Acusación particular, 20 años, y la Defensa 15 años de cárcel.  

    Los nueve miembros del jurado han declarado por unanimidad a Celso M.B. culpable de un delito de asesinato. El veredicto ha tenido lugar a las 20.10 horas.

   El jurado ha considerado en su veredicto que Celso M. actuó con «alevosía» al llevar a la víctima a un lugar «apartado y oscuro» en el que no tenía posibilidad de ser auxiliada. Además señala que Patricia Fernández no esperaba un ataque de quien era su pareja.

   Los miembros del jurado estimaron también que el acusado incurrió en varias contradicciones a lo largo de su declaración en el juicio y tuvo también en cuenta la declaración de todos los testigos, de los que estimó que no tenían ninguna intención ni interés en la resolución final del juicio.

   Por todo ello el fiscal ha modificado su petición de pena y solicita al Tribunal una condena de 18 años de prisión y en cuanto a responsabilidad civil indemnizar a los padres de la víctima en 160.000 euros y al hermano en 60.000 euros, por los perjuicios y daños morales.

   La acusación particular, ejercida por Ana García Boto, solicita 20 años de prisión y una indemnización de 250.000 euros para los padres de la víctima y 150.000 euros para el hermano.

   Por otro lado la defensa de Celso M. B. ha solicitado 15 años de cárcel, la pena mínima que contempla el Código Penal por el delito de asesinato. En cuanto a responsabilidad civil, solicita la misma que el Ministerio Público.

     El acusado Celso M.B., que se halla en prisión provisional por esta causa judicial desde el 17 de marzo de 2008, conocía a Patricia Fernández Guzmán, con la que mantenía una relación de amistad, así como relaciones sexuales de forma esporádica. El 13 de marzo de 2008, sobre las seis de la tarde, el acusado se acercó para hablar a la peluquería en la que trabajaba la joven.

   A partir de las siete de la tarde, se vieron y se trasladaron en el vehículo del acusado a una escombrera próxima al pozo minero Samuño. Y allí, antes de las nueve menos veinte de la noche, C.M.B, con la intención de causarle la muerte, o a sabiendas de que podía causársela, la golpeó en la cabeza con un objeto contundente no identificado.

   El golpe le produjo una fractura temporo-occipital derecha, con traumatismo craneoencefálico y hemorragia cerebral masiva. Entonces, C.M.B, se trasladó en su vehículo a una gasolinera, donde adquirió una bolsa con cinco litros de gasolina y regresó de nuevo al pozo Samuño. Con la finalidad de deshacerse del cadáver y eliminar las pruebas que hubiera, roció el cuerpo de la joven con gasolina y le prendió fuego, abandonando el lugar en su vehículo.

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