Religión y trabajo (II): el caso de la trabajadora adventista y su descanso semanal

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Igreja_adventistaLa Sentencia del Tribunal Constitucional 19/1985, de 13 de febrero, enjuicia el caso de una trabajadora que prestaba servicios en una empresa desde 1971. En el año 1984 fue bautizada según el rito de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, convirtiéndose desde esta fecha en miembro practicante de la misma. Puesto que esta confesión religiosa impone a sus fieles la prohibición de actividad laboral desde la puesta del sol del viernes a la puesta del sol del sábado de cada semana, la trabajadora solicitó un cambio de turno a la empresa o una ausencia con pérdida de salario con compensación en otras horas. La empresa no aceptó la propuesta y la trabajadora se ausentó de su puesto de trabajo y, por lo tanto, fue despedida. Tras pasar por instancias judiciales menores el asunto llegó finalmente al Tribunal Constitucional.

La resolución judicial desestima el recurso de la trabajadora…

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Un comentario sobre “Religión y trabajo (II): el caso de la trabajadora adventista y su descanso semanal

  1. Tenga presente además que la trabajadora puede solicitar que se alivie su carga de trabajo debido a un impedimento o tarea peligrosa a realizar para su estado, este debe ser extendido por un medico mediante un certificado.

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