AYUDA LEGAL – Cómo recuperar tu casa alquilada cuando la necesitas

Ocurre muchas veces que un propietario de una vivienda la tiene alquilada pero necesita recuperarla por algún motivo. Las causas pueden ser muy variadas: que un hijo se case y que los padres, dueños de un piso alquilado, quieran recuperar el inmueble para cedérselo a su hijo y su nueva pareja; un padre mayor al que quieran tener cerca para poder cuidar convenientemente pero que disponga de su propio espacio, que los propios dueños de la vivienda se jubilen y decidan establecer su residencia habitual en el piso o casa alquilados…

La cuestión de recuperar la vivienda alquilada por necesidad del arrendador puede complicarse y convertirse en un auténtico quebradero de cabeza si el inquilino se resiste a rescindir el contrato de arrendamiento y desea continuar. El propietario que desea recobrar su vivienda a veces tiene ante sí un auténtico laberinto legal. Un punto clave es el momento en que se firmó el contrato de arrendamiento, ya que dependiendo de ello se aplica la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que estaba vigente al inicio del contrato. No es lo mismo un contrato de arrendamiento celebrado entre 1995 y 2013, que otro que tuvo lugar por poner un ejemplo en 2017. A este último se le aplica la LAU que estaba en vigor entre 2013 y 2019, y aún existe una tercera legislación que es la que impera desde 2019 hasta el momento actual (2023). Cada una de estas sucesivas legislaciones implica su propia casuística diferenciada y la cuestión se ha ido volviendo progresivamente más complicada en el tiempo a medida que la ley se tornaba más proteccionista en lo relativo a los derechos del inquilino. 

Pongamos por caso un contrato de alquiler de vivienda constituido entre 2013 y 2019. En tal coyuntura serían preferibles los contratos por la duración de un año, dado que a continuación el arrendamiento entraría en una prórroga legal a favor del inquilino por dos años más hasta llegar a tres. En ese primer año la comunicación al inquilino de que deberá abandonar la vivienda debiera hacerse con al menos 2 meses de antelación en principio, y no basta con la simple comunicación, sino que la causa por la que el dueño del inmueble necesita recuperar su propiedad deberá acreditarse. En el caso de un divorcio donde uno de los cónyuges obtenga la citada propiedad, habrá de aportar copia de la sentencia de divorcio, por ejemplo. Además el dueño dispondría de un plazo únicamente de tres meses para ocupar la vivienda recuperada. 

A partir del 6 de marzo de 2019 en adelante, aún resulta más ardua la recuperación de la propiedad en caso de necesidad, dado la reforma de la LAU obliga a que debe constar expresamente en el contrato una cláusula que posibilite esta opción. Por eso es totalmente recomendable que se pacte en los contratos celebrados en la actualidad dicha posibilidad, e incluso así solo podrá resolverse el contrato de arrendamiento cuando la persona que necesite la vivienda es el propio arrendador o alguno de sus familiares de primer grado. Y se requiere que la causa por la que se necesite la vivienda haya surgido después de celebrado el contrato. 

Lo anterior es solo un breve esbozo del tipo de situaciones a las que se puede enfrentar el arrendador en caso de querer o necesitar recuperar su propiedad arrendada. 

Es por esta compleja y amplia legislación sobre arrendamientos urbanos que resulta muy aconsejable contar con un equipo de especialistas legales en desahucios. Entre los bufetes más recomendados por los clientes destaca el dirigido por el prestigioso letrado don José Ramón Felipe Condés, el despacho JR Abogados, un despacho privado de abogados con larga experiencia profesional y probado historial de éxitos, ubicado en Madrid y Alcalá de Henares, y cuyo equipo lo conforman tanto abogados como procuradores, administradores de fincas, peritos y asesores. Su filosofía de trabajo que les ha traído muchos éxitos profesionales es hablar claro al cliente e intentar ayudarlo en todo lo posible exponiéndole de forma transparente su posicionamiento legal y las posibles vías de actuación. Hay circunstancias en la vida, como la que estamos tratando, en que la ayuda de especialistas legales expertos puede suponer una diferencia crucial a nuestro favor.

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