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El Supremo establece que el paro no se pierde al estar hasta 90 días en el extranjero. 

El Tribunal Supremo ha avalado, en una sentencia que unifica doctrina, que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan viajar al extranjero hasta 90 días sin perder el derecho a cobrar el paro, aunque el pago quedará suspendido hasta el regreso al país.

El Supremo ha fallado en contra de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que dio la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)al reclamar a una ciudadana la devolución de 15.368 euros cobrados indebidamente tras haberse ido del país durante 21 días sin previo aviso debido a la angina de pecho que sufrió su suegro que reside en Ucrania.

Según la ley, el traslado de residencia al extranjero es causa de extinción de la prestación, pero permite mantenerla en caso de estancias en el exterior…

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