Sanidad inspecciona las piscinas de uso colectivo para garantizar su calidad sanitaria
- La Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública recomienda a los usuarios ser precavidos a la hora de realizar ciertas maniobras, como lanzarse de cabeza al agua, y hacer un buen uso del recinto
- Los responsables de las piscinas de uso colectivo deben limpiar y desinfectar las instalaciones periódicamente y realizar controles diarios del nivel de cloro
Santiago, 9 de julio de 2011.- La Consellería de Sanidad, a través de la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública, recuerda a los usuarios de piscinas de uso colectivo que deben ducharse cada vez que se metan en el agua y ser precavidos a la hora de realizar ciertas maniobras como lanzarse de cabeza, asegurándose de que el vaso tiene suficiente profundidad y que no hay ningún bañista sumergido.
También están obligados a usar chancletas o calzado de baño personal en las piscinas cubiertas y se recomienda el uso del gorro de baño.
Además, está prohibida la entrada de animales en el recinto, excepto perros guía; no se permite comer, beber ni fumar en la zona playera reservada las bañistas; y tampoco dejar desperdicios en el recinto.
Recomendaciones sanitarias
La normativa vigente de la Comunidad Autónoma de Galicia relativa a estas instalaciones es el Decreto 103/2005, de 6 de mayo, por lo que se establece la reglamentación técnico-sanitaria de piscinas de uso colectivo. Del marco de aplicación de este decreto se excluyen las piscinas unifamiliares y las pertenecientes a conjuntos inmobiliarios o comunidades de vecinos. Por este motivo, la Dirección General elaboró unas recomendaciones sanitarias destinadas a las piscinas de este tipo, que se pueden consultar en su página web.
La Consellería de Sanidad, a través de los respectivos departamentos territoriales, realiza las inspecciones y análisis para determinar la calidad sanitaria de las instalaciones y, en caso de que no se cumplan los requisitos establecidos en la norma, puede proceder instruyendo el correspondiente expediente sancionador o incluso revocando la autorización sanitaria.
Sanidad también estudia las solicitudes de autorización sanitaria para apertura de las piscinas de nueva construcción, así como las de las instalaciones que interrumpieran su funcionamiento durante seis meses y quieran volver a abrir al público.
En este sentido, los responsables del recinto tienen que limpiar y desinfectar periódicamente las instalaciones y hacer controles de cloro por lo menos dos veces al día: por la mañana y en el momento de máxima afluencia de bañistas. La mayores de estos análisis, deben realizarse controles mensuales de la calidad del agua, de los que se extraen parámetros como la conductividade, pH y amoniaco o la concentración de desinfectante, entre otros.
La cantidad de desinfectante del agua de las piscinas no puede llegar a ser nunca irritante para los ojos, la piel y las mucosas de los bañistas y los productos químicos que se usen tienen que estar homologados por el Ministerio de Sanidad y Política Social.
La norma también indica que una persona formada en mantenimiento de piscinas tiene que ocuparse de vigilar y mantener las condiciones higiénico- sanitarias del recinto y del agua de baño. Además, un socorrista debe permanecer en las instalaciones durante el tiempo que estén abiertas al público.
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