Un millar de trabajadores discontinuos solicitan la tarjeta del servicio sanitario en Galicia

EMPLEO DISCONTINUO

Cerca de 1.000 personas solicitaron ya acogerse al código 29 de la tarjeta del Sergas para la asistencia sanitaria en Galicia a los trabajadores discontinuos en el mercado laboral

  • Sanidad destaca que esta medida permite que los gallegos sin recursos y los desempleados están ahora mejor atendidos con la Orden publicada en septiembre
  • La Xunta se convirtió en la primera Comunidad Autónoma en adaptar sus trámites a la situación socioeconómica actual

Santiago, 17 de noviembre de 2011.- Cerca de 1.000 personas solicitaron ya acogerse al Código 29 regulado por la Orden del 5 de septiembre de 2011 de la Consellería de Sanidad, por la que se actualiza el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria por parte de las personas sin recursos económicos suficientes y de aquellas que se encuentran en situación de desempleo.

Esta Orden es garantista para los ciudadanos que vivan en la comunidad, de suerte que las personas sin recursos económicos suficientes tengan aseguradas en todo momento las prestaciones sanitarias. Esta medida está también dirigida a los trabajadores en desempleo, a los que con ella se les facilita que tengan derecho de forma continuada a la asistencia sanitaria pública sin tener que estar tramitando el reconocimiento cada vez que comienzan a trabajar.

Así, Galicia creó el Código 29 para los ciudadanos que residen en la Comunidad Autónoma, de suerte que se cubre el derecho a la asistencia sanitaria en Galicia, tanto si trabajan como si no en ese momento. En el resto del Estado español la atención no está garantizada si constan sin derecho a la asistencia sanitaria en la base de datos de la Seguridad Social.

De este modo, la Administración sanitaria de Galicia se convirtió en la primera en adaptar sus trámites a la situación socioeconómica actual, ya que la crisis y el aumento del número de desempleados ha conducido a que muchos trabajadores, con entradas intermitentes en el mercado laboral, tengan que estar tramitando constantemente el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria, bien como trabajador, por el tiempo que había durado el trabajo y el subsidio, bien como persona sin recursos o como beneficiario, ante el Instituto Nacional de Seguridad Social y, después, ante las unidades provinciales de tarjeta sanitaria de la Consellería de Sanidad y el SERGAS.

En este sentido, las dos vías contempladas en la Seguridad Social para el reconocimiento del derecho a las prestaciones sanitarias para estos casos -y que dan derecho a la asistencia sanitaria en todo el Estado español- son la de ponerse cómo beneficiario de un titular de la Seguridad Social, con el que conviva y del que dependa económicamente, o solicitarlo como persona sin recursos económicos suficientes, se cumple los requisitos.

Lucha contra el uso fraudulento del sistema sanitario
Con esta orden, la Xunta también dio respuesta, dentro del marco normativo estatal y autonómico, a la problemática derivada del uso fraudulento del sistema sanitario. El Ejecutivo autonómico cumple de esta manera –al igual que lo hicieron otras CCAA- la directiva del Ministerio de Sanidad a requerimiento de la Unión Europea para luchar contra el fraude por lo que ciudadanos extranjeros con recursos económicos en su país puedan acceder al sistema sanitario de manera irregular, toda vez que para ellos ya existen otras vías de asistencia estipuladas en los convenios internacionales que permiten facturar desde la sanidad gallega o española a sus mutuas o entidades aseguradoras. Este es el procedimiento preceptivo y legal para evitar el fraude mediante otros procedimientos irregulares de acceso.

En todo caso, hace falta tener en cuenta que es la Seguridad Social el organismo que reconoce el derecho a la asistencia sanitaria, mientras que las comunidades autónomas son las que acreditan el derecho mediante las tarjetas sanitarias.

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