La Audiencia ha estimado los recursos de la Fiscalía y la Asociación Preminencia del Derecho y ha revocado la decisión del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, que el pasado 6 de julio archivó la causa por entender que las palabras de Álvarez Cascos en un medio de comunicación fueron “vagas y ambiguas” y no constituían un delito de calumnias o injurias. En el intermedio en que se ha producido el vaivén judicial ha ocurrido que el ex dirigente popular se dispone a presentarse a las elecciones del Principado, con fundadas probabilidades de éxito.
La Audiencia Provincial señala, en cambio, que precisamente la investigación de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de la Policía en el “caso Gürtel” concluyó que no existía tal vinculación entre el viaje de Cascos y la financiación del mismo a través de las empresas de Correa.


















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